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Usted dispone de una cierta cantidad de tiempo (dependiendo de las leyes de su localidad)
para realizar los pagos de hipoteca vencidos y evitar que se ejecute la hipoteca. Sin embargo, si no realiza los pagos, no hay mucho que se pueda hacer. En estas circunstancias, no creemos que declararse insolvente según el Capítulo 13 salve su propiedad ya que los procedimientos de ejecución de la hipoteca están en proceso. La única opción disponible es una posible "escritura en lugar de ejecución de la hipoteca por resolución judicial". Básicamente, usted cedería la escritura de la propiedad y abandonaría la propiedad por voluntad propia. Ello podrá ayudar (y evitar) la subasta, pero de todos modos usted podría ser responsable de ciertos cargos y pagos vencidos.
En otras palabras, aún puede haber consecuencias. (Recomendamos consultar a un abogado de bienes raíces para
saber lo que la ley puede hacer por usted en estas circunstancias).
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