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Hace dos años me declaré insolvente en virtud del Capítulo 13. Ahora lo lamento, pues no creo poder comprar una vivienda. ¿Hay algo que pueda hacer para mejorar mis oportunidades?






Como se declaró insolvente en virtud del Capítulo 13 y no del Capítulo 7, es posible que todavía pueda adquirir una vivienda. Pero lo más probable es que deba hacer un pago inicial mayor y le apliquen una tasa de interés mayor. Lo más importante que puede hacer es mantenerse al día fielmente en el pago de todas sus deudas. A medida que pase el tiempo, usted estará reconstruyendo un historial de crédito positivo manteniéndose al día y cumpliendo el plan de reembolso dispuesto para usted dada su declaración según el Capítulo 13.







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